Logotipo oficial de ALETEHIA Toxicology Lab — monograma R en oro líquido con balanza de la justicia sobre azul navyToxicología forense · Estupefacientes

    Peritaje Toxicológico Forense de Excelencia

    Informes periciales sobre estupefacientes, drogas de abuso y toxicología forense, realizados por Ruth Pérez. Rigor científico y validez probatoria en todo el territorio español.

    • Perito judicial en toxicología forense
    • Actuaciones en todo el territorio español
    • Ratificación en sala o videoconferencia
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    Videoteca forense · Cocaína

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    Las drogas en la antigua Roma

    Un documental que viaja al corazón oculto de la antigua Roma para descubrir una verdad que rara vez aparece en los libros de historia. Desde el vino mezclado con plomo hasta el opio utilizado por emperadores, soldados y médicos, el Imperio romano convivió diariamente con sustancias capaces de alterar la mente, aliviar el dolor y cambiar la percepción de la realidad. Gladiadores, sacerdotes, generales, curanderas y gobernantes dependían de una compleja cultura química que formaba parte de la guerra, la medicina, la religión y la vida cotidiana.

    Videoteca forense · Cocaína

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    La historia del crack-cocaína

    La Historia del Crack-Cocaína no es solo la crónica de una droga, sino el retrato de una explosión social que transformó ciudades enteras en cuestión de años. Desde su creación en laboratorios clandestinos hasta su expansión fulminante por los barrios más vulnerables de Estados Unidos, el crack dejó un legado de violencia, pobreza y trauma generacional que aún resuena en el siglo veintiuno. Este documental reconstruye su origen, su auge, el colapso sanitario que provocó y el impacto que todavía se observa en lugares como Cracolandia, donde la historia parece repetirse con otros rostros y las mismas heridas abiertas. Una mirada profunda, cruda y necesaria a una de las mayores catástrofes urbanas de la era moderna.

    Sustancia · Clorhidrato, base y pasta

    Cocaína

    La riqueza declarada debe interpretarse indicando si se expresa como cocaína base o como clorhidrato, ya que la conversión altera de forma directa el cálculo de principio activo puro y, con él, la superación o no de los umbrales jurisprudenciales. Una diferencia de expresión de aproximadamente un diez por ciento puede resultar decisiva en alijos próximos al límite.

    Determinaciones analíticas

    • Confirmación por GC-MS o LC-MS/MS con patrón interno
    • Cuantificación expresada de forma inequívoca como base o como sal
    • Perfil de adulterantes: levamisol, fenacetina, cafeína, lidocaína, hidroxizina
    • Diluyentes inertes y su efecto sobre el peso neto útil

    Puntos críticos del dictamen

    • Factor de conversión clorhidrato/base explicitado en el dictamen
    • Pasta de coca y cocaína base: distinta pureza y forma de consumo
    • Relevancia toxicológica de adulterantes con actividad farmacológica propia

    Desarrollo técnico

    Base o sal: la conversión que decide el umbral

    La cocaína puede informarse como cocaína base (molécula libre) o como clorhidrato de cocaína (su sal). La diferencia de masa molecular entre ambas formas hace que un mismo alijo arroje cifras distintas de principio activo puro según la expresión elegida. Los criterios jurisprudenciales de notoria importancia se refieren a sustancia pura, por lo que la conversión debe quedar explícita, con su factor y su origen bibliográfico.

    • Indicación expresa en el informe oficial de la forma cuantificada
    • Factor de conversión aplicado y trazabilidad del patrón utilizado
    • Recalculado independiente del principio activo puro en el dictamen
    • Análisis de sensibilidad cuando el resultado queda próximo al umbral

    Muestreo y homogeneización del lote

    En alijos con varias envolturas, pastillas o paquetes, la riqueza no es uniforme. La representatividad del muestreo determina la validez de extrapolar un porcentaje al conjunto del alijo. Un muestreo insuficiente o no documentado es un motivo técnico sólido de impugnación.

    • Número de tomas frente al número de unidades intervenidas
    • Criterios de agrupación por apariencia, precinto o lote
    • Homogeneización previa a la toma de alícuota
    • Cálculo de incertidumbre asociada al muestreo, no solo a la medida

    Adulterantes, diluyentes y su relevancia

    Los adulterantes farmacológicamente activos no solo reducen la riqueza: alteran el perfil de riesgo del producto y pueden ser relevantes tanto en la valoración toxicológica como en la reconstrucción del proceso de corte y distribución.

    • Levamisol: agranulocitosis y vasculopatía asociadas
    • Fenacetina y lidocaína: mimetizan efectos sensoriales del producto
    • Cafeína y anestésicos locales como marcadores de corte
    • Azúcares y carbonatos inertes: peso sin principio activo

    Pasta de coca, base y crack

    Pasta base, cocaína base y crack presentan purezas, impurezas de proceso y vías de consumo distintas. Su asimilación al clorhidrato en el cálculo o en la interpretación del patrón de consumo introduce errores tanto en la determinación de sustancia pura como en la valoración de la dependencia del sujeto.

    • Impurezas de proceso: cis- y trans-cinamoilcocaína, truxilinas
    • Restos de disolventes de extracción como indicio de elaboración
    • Vía fumada frente a intranasal: distinta farmacocinética
    • Relevancia en la valoración de la condición de consumidor

    Cálculo de sustancia pura y umbrales

    El cálculo debe reflejarse paso a paso: peso bruto, descuento de envoltorios, peso neto, riqueza expresada con su forma química y sustancia pura resultante. La incertidumbre de la riqueza y la del muestreo se propagan al resultado final, algo especialmente relevante cuando la cifra queda cerca del umbral de notoria importancia.

    • Peso neto acreditado por acta de pesaje y descuento documentado
    • Riqueza media, rango y desviación entre tomas
    • Sustancia pura con intervalo de incertidumbre, no como valor único
    • Escenario mínimo y máximo cuando la cifra roza el umbral

    Perfil de impurezas y vinculación de alijos

    El perfil químico completo, más allá de la riqueza, permite comparar incautaciones y valorar hipótesis sobre elaboración, origen y cadena de distribución, con criterios reproducibles y no meramente indiciarios.

    • Cinamoilcocaínas y truxilinas como marcadores de proceso
    • Disolventes residuales de extracción y refinado
    • Comparación estadística de perfiles entre lotes
    • Limitaciones interpretativas del perfil en productos muy cortados

    Interpretación toxicológica y condición de consumidor

    Cuando se alega consumo propio o dependencia, el dictamen debe integrar el dato del alijo con las analíticas del sujeto, su historia clínica y el patrón de consumo declarado, valorando la compatibilidad entre unos y otros con criterios farmacocinéticos.

    • Correlación entre cantidad intervenida y días de consumo cubiertos
    • Analíticas en orina, sangre o cabello del sujeto y ventana temporal
    • Benzoilecgonina y cocaetileno como marcadores de consumo y de alcohol asociado
    • Documentación de tratamiento o seguimiento en adicciones

    Contrapericia sobre el informe analítico

    La auditoría del informe oficial se centra en la trazabilidad metrológica y en la representatividad del muestreo, además de la expresión de la forma química, que constituye el error más habitual y de mayor impacto en el cálculo.

    • Alcance de acreditación del laboratorio para la determinación practicada
    • Patrones certificados, blancos y controles de calidad de la serie
    • Plan de muestreo y justificación del número de tomas
    • Coherencia entre precintos, actas y muestras efectivamente analizadas

    Objeto y método de la prueba pericial toxicológica

    La pericial sobre cocaína aporta al proceso conocimientos científicos y técnicos que permiten al tribunal valorar la existencia y la manera de ser de los hechos, así como interpretar el resto de pruebas practicadas. No sustituye al informe oficial: lo audita. El objeto es determinar qué parte de lo intervenido es realmente apta para el consumo como estupefaciente una vez descontados adulterantes, diluyentes, soportes y material inerte, y verificar si la riqueza informada se expresa como cocaína base o como clorhidrato. La conclusión se formula en términos técnicos, numerada y categórica, sin invadir la función jurisdiccional, y se defiende oralmente en la vista con exposición pedagógica de los fundamentos científicos.

    • Auditoría técnica del informe del laboratorio oficial (INTCF, Sanidad, Guardia Civil o Policía Nacional)
    • Revisión del atestado, del acta de pesaje y precintado y de la cadena de custodia
    • Recálculo independiente de peso neto, riqueza y principio activo puro
    • Formulación de conclusiones numeradas citables en el escrito de defensa
    • Ratificación y defensa oral del dictamen ante el tribunal, presencial o por videoconferencia

    Doctrina de la sustancia pura, dosis mínima psicoactiva y notoria importancia

    La jurisprudencia mide la gravedad de la conducta sobre principio activo puro, no sobre peso bruto: cien gramos de cocaína al cuarenta por ciento equivalen a cuarenta gramos de sustancia pura. El Acuerdo del Pleno no jurisdiccional de la Sala Segunda de 19 de octubre de 2001 fija la notoria importancia en quinientas dosis de consumo diario, lo que sitúa el umbral de referencia en setecientos cincuenta gramos de cocaína pura. El Acuerdo de 24 de enero de 2003 asume el informe del INTCF sobre dosis mínima psicoactiva, cifrada para esta sustancia en cincuenta miligramos de cocaína base: por debajo de ese contenido la sustancia no es apta para producir los efectos que le son propios y la conducta carece de antijuridicidad material. La dosis de consumo diario de referencia empleada en el cálculo es un gramo y medio diario.

    • Cálculo replicable: peso neto útil × riqueza expresada como base = sustancia pura
    • Contraste del resultado con el umbral de notoria importancia y con su intervalo de incertidumbre
    • Aplicación del principio de insignificancia cuando no se alcanza la dosis mínima psicoactiva
    • Supuestos de riqueza desconocida o no determinada: imposibilidad de aplicar el subtipo agravado
    • Provisión de consumo propio expresada en días cubiertos por la cantidad intervenida

    Metrología forense: incertidumbre, acreditación y trazabilidad

    La cifra de riqueza no es un número exacto, sino un valor acompañado de una incertidumbre expandida que debe declararse. En polvos y pastas la incertidumbre combinada procede del muestreo, de la homogeneización, de la preparación de la alícuota, de la calibración de la cromatografía de gases y la cromatografía líquida acoplada a masas en tándem y de la propia balanza. Cuando el resultado se sitúa a menos de un dos por ciento del umbral de notoria importancia, la omisión de la incertidumbre impide afirmar con certeza que el umbral se ha superado, y así debe razonarse en el dictamen.

    • Acreditación UNE-EN ISO/IEC 17025 y alcance concreto para la matriz analizada
    • Trazabilidad metrológica de patrones certificados y de la balanza empleada
    • Incertidumbre expandida (k = 2, nivel de confianza del 95 %) declarada en el informe
    • Regla de decisión frente al umbral: aplicación del intervalo, no del valor puntual
    • Verificación de linealidad, límite de cuantificación y recuperación del método

    Cadena de custodia y garantías procesales del vestigio

    La aptitud probatoria del resultado depende de que la muestra analizada sea, sin discontinuidad acreditada, la misma que se intervino. En alijos multipaquete la trazabilidad individualizada de cada envoltorio es determinante: la agrupación indebida de paquetes de riquezas dispares puede alterar el resultado global del cálculo. La auditoría pericial reconstruye la secuencia completa de pesajes, precintos, traslados y custodias intermedias, y valora si las discrepancias detectadas son meras irregularidades formales o afectan a la identidad e integridad del vestigio.

    • Concordancia entre el peso del acta de intervención y el peso de recepción en laboratorio
    • Numeración de precintos: rotura, sustitución y motivo documentado
    • Intervalo entre intervención, remisión y análisis, y condiciones de conservación
    • Identificación nominal de cada interviniente y firma en cada transferencia
    • Conservación de contramuestra suficiente para un eventual contraanálisis

    Perfilado químico, corte y reconstrucción de la cadena de distribución

    El perfil de alcaloides menores, de impurezas de refinado y de adulterantes permite valorar si distintos alijos comparten origen y si el producto ha sido cortado en un eslabón próximo al consumidor. Es información técnica relevante para discutir la posición atribuida al investigado dentro de la cadena y para contrastar la hipótesis de tenencia para consumo propio con la de preordenación al tráfico.

    • Cinamoilcocaínas y truxilinas como marcadores de refinado y origen
    • Adulterantes activos (levamisol, fenacetina, lidocaína) frente a diluyentes inertes
    • Riqueza muy baja compatible con producto de última mano
    • Comparación estadística de perfiles entre paquetes o entre causas acumuladas

    Tablas de valores de referencia

    Valores de referencia aplicados en el dictamen

    Criterio INTCF y acuerdos no jurisdiccionales de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

    ConceptoValor de referencia
    Dosis mínima psicoactiva50 mg de cocaína base
    Dosis de consumo diario de referencia1,5 g
    Notoria importancia750 g de sustancia pura
    Conversión clorhidrato → basefactor aproximado 0,89
    Riqueza habitual en venta al menudeorango amplio, frecuentemente inferior al 50 %

    Umbrales y criterios comparados por sustancia

    Dosis mínima psicoactiva, dosis diaria de referencia y umbral de notoria importancia por sustancia
    SustanciaDosis mínima psicoactivaDosis diaria de referenciaNotoria importanciaExpresión del resultado
    Cannabis (marihuana)10 mg de Δ9-THC20 mg de Δ9-THC10 kg de sustancia (marihuana)Δ9-THC total sobre peso seco; umbral por peso de sustancia, no por principio activo
    Hachís y resina10 mg de Δ9-THC20 mg de Δ9-THC2,5 kg de sustancia (hachís)Δ9-THC total; el aceite de hachís se sitúa en 300 g de sustancia
    Cocaína50 mg de cocaína base1,5 g de cocaína base750 g de sustancia puraRiqueza expresada como cocaína base (no como clorhidrato)
    Heroína0,66 mg de heroína0,6 g de heroína300 g de sustancia puraRiqueza como heroína base; morfina con DMP de 2 mg
    Anfetamina20 mg de anfetamina180 mg de anfetamina90 g de sustancia puraRiqueza como base; el sulfato exige factor de conversión
    Metanfetamina20 mg de metanfetamina60 mg de metanfetamina30 g de sustancia puraRiqueza como base; relevante la determinación de enantiómeros
    MDMA20 mg de MDMA480 mg de MDMA240 g de sustancia puraRiqueza como base; no confundir con el peso del comprimido
    Nuevas sustancias psicoactivasno consolidada para la mayoría de moléculasno consolidadasolo aplicable con equivalencia normativa expresaIdentificación por LC-HRMS y patrón certificado o limitación declarada

    Valores de referencia del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y de los Acuerdos del Pleno no jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Consulte el glosario técnico para la definición de cada magnitud.

    Notas metodológicas

    • El umbral de notoria importancia deriva del Acuerdo del Pleno no jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 19 de octubre de 2001 (500 dosis de consumo diario). En cannabis y hachís el umbral se expresa por peso de sustancia, mientras que en cocaína, heroína, anfetaminas y MDMA se calcula sobre principio activo puro.
    • La dosis mínima psicoactiva procede del informe del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses asumido por el Acuerdo del Pleno de 24 de enero de 2003. Por debajo de ese contenido la sustancia no es apta para producir los efectos que le son propios.
    • Toda cifra de riqueza debe acompañarse de su incertidumbre expandida (k = 2, confianza del 95 %) conforme a UNE-EN ISO/IEC 17025. La regla de decisión frente al umbral se aplica al intervalo, no al valor puntual.
    • En cannabis debe declararse expresamente si la riqueza se refiere a peso húmedo o a peso seco, y si el valor informado es Δ9-THC libre o Δ9-THC total (incluyendo la fracción procedente de THCA por descarboxilación).
    • El factor de descarboxilación del THCA a Δ9-THC es 0,877, derivado de la relación de masas moleculares (314,5 / 358,5). Aplicarlo o no cambia sustancialmente la cifra de principio activo atribuida al alijo.
    • El CBD no está fiscalizado como estupefaciente: su presencia dominante frente a un Δ9-THC residual es un indicador técnico de producto no psicoactivo, y así debe razonarse frente a la calificación automática como marihuana.

    Ejemplo 1 — Δ9-THC total a partir de THCA

    Informe analítico de una muestra vegetal seca con Δ9-THC libre del 0,80 % y THCA del 12,00 %.

    1. 1.Fracción de THCA convertible: 12,00 % × 0,877 = 10,52 %
    2. 2.Δ9-THC total = Δ9-THC libre + fracción convertible = 0,80 % + 10,52 %
    3. 3.Δ9-THC total = 11,32 % sobre peso seco

    Δ9-THC total = 11,32 % (peso seco)

    Ejemplo 2 — Conversión de peso húmedo a peso seco

    Sumidad intervenida con 4.000 g de peso húmedo y una humedad determinada del 72 %.

    1. 1.Peso seco = peso húmedo × (1 − humedad/100) = 4.000 g × (1 − 0,72)
    2. 2.Peso seco = 1.120 g de material apto para el análisis
    3. 3.Riqueza sobre peso seco del 11,32 % de Δ9-THC total: 1.120 g × 0,1132 = 126,8 g de Δ9-THC
    4. 4.Si esa misma riqueza se aplicara erróneamente al peso húmedo: 4.000 g × 0,1132 = 452,8 g

    Diferencia de 326 g de Δ9-THC entre el cálculo correcto y el cálculo sobre peso húmedo

    Ejemplo 3 — Relación CBD/Δ9-THC en producto de cáñamo

    Muestra de flor comercializada como cáñamo industrial: Δ9-THC total 0,25 % y CBD 9,60 %.

    1. 1.Relación CBD/Δ9-THC = 9,60 / 0,25 = 38,4
    2. 2.Δ9-THC total (0,25 %) por debajo del 0,3 % de referencia para cáñamo
    3. 3.Contenido de Δ9-THC por gramo = 1.000 mg × 0,0025 = 2,5 mg, inferior a la DMP de 10 mg

    Perfil compatible con producto no psicoactivo de CBD dominante; procede razonar la ausencia de aptitud psicoactiva

    Ejemplo 4 — Contraste con el umbral de notoria importancia (cocaína)

    Alijo de 1.200 g con riqueza del 61 % ± 3 % expresada como cocaína base.

    1. 1.Sustancia pura = 1.200 g × 0,61 = 732 g
    2. 2.Intervalo por incertidumbre: 1.200 g × 0,58 = 696 g; 1.200 g × 0,64 = 768 g
    3. 3.Umbral de notoria importancia: 750 g de sustancia pura

    El valor puntual (732 g) queda por debajo del umbral y el intervalo lo cruza: no puede afirmarse con certeza la superación del umbral

    Glosario técnico

    Δ9-THC (delta-9-tetrahidrocannabinol)
    Principal cannabinoide psicoactivo de la planta de cannabis. Es la magnitud sobre la que se valora la aptitud psicoactiva del producto y la que debe compararse con la dosis mínima psicoactiva de 10 mg.
    THCA (ácido tetrahidrocannabinólico)
    Forma ácida y no psicoactiva presente en la planta fresca. Por acción del calor o del tiempo se descarboxila y se transforma en Δ9-THC aplicando el factor 0,877.
    Δ9-THC total
    Suma del Δ9-THC libre y de la fracción de THCA convertible: Δ9-THC total = Δ9-THC + (THCA × 0,877). Es el parámetro utilizado en la normativa europea de cáñamo y el que debe declararse en el dictamen.
    CBD (cannabidiol)
    Cannabinoide no psicoactivo y no fiscalizado como estupefaciente. Su predominio frente a un Δ9-THC residual es un indicador técnico de producto no estupefaciente.
    CBN (cannabinol)
    Producto de degradación oxidativa del Δ9-THC. Una proporción elevada de CBN indica material envejecido o mal conservado y permite discutir la representatividad temporal del análisis.
    Peso húmedo
    Masa de la muestra tal y como se intervino, incluida el agua. El agua no aporta principio activo, por lo que aplicar a este peso una riqueza determinada sobre muestra seca sobreestima el Δ9-THC del alijo.
    Peso seco
    Masa de la muestra tras la eliminación del agua: peso seco = peso húmedo × (1 − humedad/100). Es la base habitual para expresar la riqueza en cannabinoides.
    Merma de secado
    Pérdida de masa entre la planta fresca y el producto listo para consumo. En plantas de cannabis se documentan mermas del orden del 80 %, por lo que proyectar el peso en verde como producto final distorsiona el cálculo.
    Riqueza
    Porcentaje de principio activo de la muestra. Debe indicarse la forma en que se expresa (base o sal) y la matriz de referencia (peso húmedo o seco).
    Dosis mínima psicoactiva (DMP)
    Cantidad de principio activo por debajo de la cual la sustancia no es apta para producir efectos. Se toma del informe del INTCF asumido por el Acuerdo del Pleno no jurisdiccional de 24 de enero de 2003.
    Notoria importancia
    Agravación que se cuantifica en 500 dosis de consumo diario según el Acuerdo del Pleno no jurisdiccional de 19 de octubre de 2001, calculada sobre sustancia pura salvo en cannabis y hachís, donde se expresa por peso de sustancia.
    Incertidumbre expandida
    Intervalo asociado al resultado analítico (habitualmente k = 2, confianza del 95 %). La comparación con un umbral debe hacerse con el intervalo completo y no con el valor puntual.

    Enlaces relacionados: tabla comparativa de umbrales · calculadora de cannabinoides · preguntas frecuentes

    Errores frecuentes en el informe oficial

    • No indicar si la riqueza se expresa como base o como clorhidrato
    • Aplicar la riqueza de una toma al peso total de un alijo heterogéneo
    • Confundir peso bruto con peso neto por no descontar envoltorios
    • Omitir la incertidumbre de medida en resultados próximos al umbral
    • No informar los adulterantes detectados pese a su relevancia toxicológica

    Documentación necesaria

    • Acta de intervención con detalle de envoltorios y precintos
    • Informe analítico completo con cromatogramas y datos de calibrado
    • Registro de pesaje bruto y neto por unidad
    • Cadena de custodia y condiciones de conservación

    Bibliografía y fuentes citadas

    1. [1]Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Informe sobre dosis mínimas psicoactivas y dosis de consumo diario.
    2. [2]Acuerdo del Pleno no jurisdiccional del Tribunal Supremo de 19 de octubre de 2001 (notoria importancia).
    3. [3]UNODC. Recommended Methods for the Identification and Analysis of Cocaine in Seized Materials.
    4. [4]SWGDRUG. Recommendations for the identification of seized drugs (categorías de técnicas de confirmación).
    5. [5]EMCDDA / EUDA. Cocaine adulterants and health implications.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto puede variar el resultado según se exprese como base o como sal?

    La diferencia deriva de la masa del ácido clorhídrico en la sal y ronda un diez por ciento del valor. En alijos próximos al umbral de notoria importancia esa diferencia puede ser determinante.

    ¿Es impugnable un análisis realizado sobre una sola toma?

    Puede serlo si el alijo era heterogéneo y no se documenta la homogeneización ni el criterio de muestreo. La representatividad es un requisito técnico, no una formalidad.

    ¿Cómo influye el corte en el cálculo de sustancia pura?

    Los adulterantes y diluyentes reducen la riqueza, por lo que la cantidad de cocaína base es siempre inferior al peso bruto. El dictamen debe recalcular la sustancia pura y contrastarla con el umbral de 750 g.

    ¿Qué aporta la determinación de cocaetileno o de benzoilecgonina?

    En matriz biológica permiten acreditar consumo y consumo concomitante con alcohol, lo que es relevante en la valoración toxicológico-legal y en el cálculo de días de provisión.

    ¿Cómo se calcula el Δ9-THC total a partir del THCA del informe oficial?

    Multiplicando el porcentaje de THCA por el factor de descarboxilación 0,877 y sumando el Δ9-THC libre. Con 0,80 % de Δ9-THC y 12,00 % de THCA, el Δ9-THC total es 11,32 % sobre peso seco.

    ¿Qué diferencia hay entre expresar la riqueza como base o como sal?

    La sal incorpora el peso del ácido asociado (clorhidrato, sulfato), por lo que un mismo peso contiene menos principio activo. El contraste con el umbral de notoria importancia se realiza siempre sobre la forma base, y el dictamen debe indicar el factor de conversión aplicado.

    ¿Por qué es relevante la incertidumbre del resultado analítico?

    Porque el resultado es un intervalo, no un número exacto. Cuando el intervalo cruza el umbral de notoria importancia no puede afirmarse con certeza técnica que el umbral se haya superado, y así debe razonarse en el informe.

    ¿Puede revisarse un informe oficial ya emitido?

    Sí. La contrapericia revisa la trazabilidad de la cadena de custodia, la representatividad del muestreo, la validación del método, la expresión de la riqueza y la aritmética del cálculo, sin necesidad de repetir el análisis cuando los datos brutos constan en autos.

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    Solicitar dictamen sobre cocaína

    Envíe el informe analítico oficial y las actuaciones para una valoración inicial de viabilidad pericial, sin compromiso.

    Ruth Pérez Sánchez — Perito judicial en toxicología forense y estupefacientes

    ASPEJURE — Asociación Profesional Colegial de Peritos Judiciales · Asociada nº 00400

    627 070 245ruthps@peritojudicial.pro

    Actuación en todo el territorio español, con ratificación en sala o por videoconferencia. (despacho sin dirección postal pública).

    Miniatura de Los primeros usos del cannabis