Logotipo oficial de ALETEHIA Toxicology Lab — monograma R en oro líquido con balanza de la justicia sobre azul navyToxicología forense · Estupefacientes

    Peritaje Toxicológico Forense de Excelencia

    Informes periciales sobre estupefacientes, drogas de abuso y toxicología forense, realizados por Ruth Pérez. Rigor científico y validez probatoria en todo el territorio español.

    • Perito judicial en toxicología forense
    • Actuaciones en todo el territorio español
    • Ratificación en sala o videoconferencia
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    Videoteca forense · Nuevas sustancias psicoactivas (NSP)

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    La historia de los barbitúricos

    La historia de los barbitúricos es uno de los secretos más oscuros de la medicina moderna: una «droga milagrosa» que prometía sueño perfecto y terminó desencadenando una epidemia silenciosa de adicción, sobredosis y muertes que la industria farmacéutica pasó décadas intentando borrar. Desde su síntesis a principios del siglo XX como sustitutos seguros de los bromuros, los barbitúricos se convirtieron en el tratamiento de elección para el insomnio, la ansiedad y la epilepsia, antes de revelar su estrecho margen terapéutico, su potencial de dependencia física grave y su letalidad en sobredosis. Este documental reconstruye cómo una molécula sedante transformó la psiquiatría, la medicina del sueño y la práctica anestésica, y cómo el silencio industrial sobre sus riesgos costó miles de vidas antes de su sustitución progresiva por las benzodiacepinas.

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    La historia del fentanilo

    ¿Cree que ya conoce la historia de las drogas modernas? Este documental recorre la verdad más incómoda y letal del siglo: el ascenso del fentanilo, una molécula sintetizada en un pequeño laboratorio europeo que terminó convirtiéndose en la sustancia más peligrosa del planeta. La historia completa de cómo un analgésico diseñado para cirugías mayores escapó del control médico, cruzó fronteras, alimentó imperios criminales y transformó ciudades enteras en zonas de emergencia permanente.

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    La historia de la gabapentina

    La historia de la gabapentina es el recorrido inesperado de un fármaco creado para controlar las crisis epilépticas que terminó convirtiéndose en uno de los medicamentos más prescritos y, al mismo tiempo, más mal utilizados del mundo. Diseñada como análogo estructural del ácido gamma-aminobutírico (GABA), su mecanismo real —la unión a la subunidad α₂δ de los canales de calcio voltaje-dependientes— poco tiene que ver con la hipótesis gabaérgica original. Este vídeo recorre desde su síntesis en los laboratorios Parke-Davis y su aprobación como antiepiléptico, hasta su expansión como tratamiento «todo uso» para el dolor neuropático, la ansiedad, el insomnio y las abstinencias, pasando por las multas millonarias por promoción fraudulenta de usos no aprobados y su creciente presencia en intoxificaciones, polyfarmacia y uso recreativo.

    Sustancia · Catinonas, cannabinoides sintéticos y análogos

    Nuevas sustancias psicoactivas (NSP)

    Las NSP plantean dos problemas periciales acumulados: la dificultad analítica de identificar moléculas no incluidas en bibliotecas convencionales y la incertidumbre sobre su inclusión efectiva en las listas de fiscalización aplicables en la fecha de los hechos. Ambas cuestiones deben resolverse de forma expresa en el dictamen.

    Determinaciones analíticas

    • Cribado de amplio espectro por LC-HRMS y comparación con bibliotecas actualizadas
    • Confirmación estructural con patrones certificados cuando existan
    • Familias frecuentes: catinonas, cannabinoides sintéticos, arilciclohexilaminas, triptaminas
    • Soportes impregnados: papel, herbal blends y líquidos de vapeo

    Puntos críticos del dictamen

    • Verificación de la vigencia de la fiscalización en la fecha de los hechos
    • Ausencia de dosis de referencia consolidadas: cautela en la interpretación
    • Riesgo de identificación por similitud espectral sin patrón de confirmación

    Desarrollo técnico

    Identificación sin patrón de referencia

    Muchas NSP carecen de patrón certificado comercial en el momento del análisis. La identificación se apoya entonces en masa exacta, patrón de fragmentación y comparación con bibliotecas, lo que introduce un margen de incertidumbre que el dictamen debe reconocer expresamente en lugar de presentar el resultado como una certeza.

    • Masa exacta y fórmula molecular por espectrometría de alta resolución
    • Fragmentación característica y comparación con bases de datos
    • Distinción entre isómeros posicionales de una misma familia
    • Grado de confianza en la identificación declarado en el informe

    Fiscalización aplicable en la fecha de los hechos

    La inclusión de una molécula en las listas de fiscalización se produce en momentos concretos. Una sustancia puede no estar fiscalizada en la fecha de los hechos y estarlo en la del análisis o del juicio. La verificación temporal de la norma aplicable es una parte esencial del dictamen sobre NSP.

    • Comprobación de listas y de sus modificaciones con fecha de entrada en vigor
    • Diferenciación entre isómeros incluidos y no incluidos en la lista
    • Sistema de alerta temprana y notificaciones europeas
    • Consecuencias de la ausencia de fiscalización en la calificación

    Familias químicas y soportes de presentación

    Las NSP se presentan en formatos que dificultan tanto la cuantificación como la estimación de la dosis efectivamente consumida: material vegetal impregnado, papeles secantes, líquidos de vapeo o polvos de altísima potencia.

    • Cannabinoides sintéticos sobre material vegetal: distribución irregular
    • Catinonas en polvo con potencias muy dispares entre análogos
    • Arilciclohexilaminas y triptaminas en dosis de microgramos
    • Líquidos de vapeo: cuantificación por volumen y por dosis inhalada

    Interpretación toxicológica con datos limitados

    Para muchas NSP no existen dosis de consumo de referencia consolidadas ni datos farmacocinéticos suficientes. La interpretación debe ser prudente y declarar los límites del conocimiento disponible, evitando extrapolaciones desde sustancias análogas sin base científica publicada.

    • Ausencia de tablas de dosis de referencia aplicables
    • Extrapolación desde análogos: solo con soporte bibliográfico explícito
    • Reservas sobre la estimación de número de dosis del alijo
    • Declaración expresa de los límites del dictamen

    Cuantificación en soportes complejos

    Material vegetal impregnado, papeles secantes y líquidos de vapeo presentan distribuciones muy irregulares del principio activo. Sin homogeneización previa y sin un plan de muestreo justificado, el valor obtenido no representa al conjunto intervenido.

    • Homogeneización de material vegetal antes de la toma de alícuota
    • Cuantificación por unidad de soporte en papeles secantes
    • Líquidos de vapeo: concentración por mililitro y dosis por inhalación
    • Variabilidad entre zonas del mismo lote impregnado

    Trazabilidad analítica y límites del método

    En NSP la solidez del dictamen depende de que se declaren con precisión las condiciones del método y sus límites: instrumentación, biblioteca empleada y versión, límites de detección y cuantificación, y la imposibilidad de descartar isómeros cuando no exista patrón certificado.

    • Instrumentación y parámetros de adquisición documentados
    • Biblioteca espectral utilizada, con versión y fecha
    • Límites de detección y de cuantificación del método
    • Declaración expresa de los isómeros no descartables

    Riesgo toxicológico y casuística clínica

    Los cannabinoides sintéticos y las catinonas presentan perfiles de toxicidad muy distintos de las sustancias clásicas a las que sustituyen, con márgenes estrechos entre dosis activa y dosis tóxica y cuadros clínicos atípicos que pueden orientar la investigación analítica.

    • Cannabinoides sintéticos: agonismo total y toxicidad impredecible
    • Catinonas: cuadros de agitación, hipertermia y rabdomiólisis
    • Arilciclohexilaminas: disociación y riesgo de accidente
    • Sintomatología atípica como criterio para ampliar el cribado

    Contrapericia y estrategia probatoria

    La revisión de informes sobre NSP combina dos planos: la solidez de la identificación química y la verificación normativa temporal. La debilidad de cualquiera de ellos afecta de forma directa a la aptitud probatoria del informe oficial.

    • Comprobación de la identificación molecular concreta informada
    • Verificación de la fiscalización y de su fecha de entrada en vigor
    • Solicitud de contraanálisis cuando la identificación sea dudosa
    • Advertencia sobre la ausencia de dosis de referencia consolidadas

    Objeto y método de la prueba pericial toxicológica

    La pericial sobre nuevas sustancias psicoactivas aporta al proceso conocimientos científicos y técnicos que permiten al tribunal valorar la existencia y la manera de ser de los hechos, así como interpretar el resto de pruebas practicadas. No sustituye al informe oficial: lo audita. El objeto es determinar qué parte de lo intervenido es realmente apta para el consumo como estupefaciente una vez descontados adulterantes, diluyentes, soportes y material inerte, y verificar que la molécula identificada figurase efectivamente fiscalizada en la fecha de los hechos. La conclusión se formula en términos técnicos, numerada y categórica, sin invadir la función jurisdiccional, y se defiende oralmente en la vista con exposición pedagógica de los fundamentos científicos.

    • Auditoría técnica del informe del laboratorio oficial (INTCF, Sanidad, Guardia Civil o Policía Nacional)
    • Revisión del atestado, del acta de pesaje y precintado y de la cadena de custodia
    • Recálculo independiente de peso neto, riqueza y principio activo puro
    • Formulación de conclusiones numeradas citables en el escrito de defensa
    • Ratificación y defensa oral del dictamen ante el tribunal, presencial o por videoconferencia

    Fiscalización, principio de legalidad y prueba de la inclusión en listas

    En las NSP la cuestión decisiva no suele ser la identificación química sino la vigencia de la fiscalización. El dictamen debe acreditar, con la referencia normativa concreta y su fecha de entrada en vigor, si la molécula identificada estaba incluida en las listas de los Convenios de 1961 y 1971, en las decisiones de ejecución de la Unión Europea o en las órdenes ministeriales de actualización aplicables en el momento de los hechos. No cabe la aplicación analógica a moléculas estructuralmente próximas pero no listadas.

    • Identificación exacta del isómero posicional y su tratamiento normativo diferenciado
    • Fecha de entrada en vigor de la inclusión frente a fecha de los hechos
    • Ausencia de dosis mínima psicoactiva consolidada: imposibilidad de aplicar el criterio de insignificancia estándar
    • Sistema de Alerta Temprana como fuente de contexto, no como norma de fiscalización

    Metrología forense: incertidumbre, acreditación y trazabilidad

    La cifra de riqueza no es un número exacto, sino un valor acompañado de una incertidumbre expandida que debe declararse. En soportes impregnados, líquidos y mezclas herbales la incertidumbre combinada procede del muestreo, de la homogeneización, de la preparación de la alícuota, de la calibración de la cromatografía líquida acoplada a espectrometría de masas de alta resolución y de la propia balanza. Cuando el resultado se sitúa a menos de un dos por ciento del umbral de notoria importancia, la omisión de la incertidumbre impide afirmar con certeza que el umbral se ha superado, y así debe razonarse en el dictamen.

    • Acreditación UNE-EN ISO/IEC 17025 y alcance concreto para la matriz analizada
    • Trazabilidad metrológica de patrones certificados y de la balanza empleada
    • Incertidumbre expandida (k = 2, nivel de confianza del 95 %) declarada en el informe
    • Regla de decisión frente al umbral: aplicación del intervalo, no del valor puntual
    • Verificación de linealidad, límite de cuantificación y recuperación del método

    Cadena de custodia y garantías procesales del vestigio

    La aptitud probatoria del resultado depende de que la muestra analizada sea, sin discontinuidad acreditada, la misma que se intervino. En soportes impregnados el vestigio se distribuye de forma desigual sobre el papel o la materia vegetal, por lo que la subdivisión del soporte y su registro son parte esencial de la trazabilidad. La auditoría pericial reconstruye la secuencia completa de pesajes, precintos, traslados y custodias intermedias, y valora si las discrepancias detectadas son meras irregularidades formales o afectan a la identidad e integridad del vestigio.

    • Concordancia entre el peso del acta de intervención y el peso de recepción en laboratorio
    • Numeración de precintos: rotura, sustitución y motivo documentado
    • Intervalo entre intervención, remisión y análisis, y condiciones de conservación
    • Identificación nominal de cada interviniente y firma en cada transferencia
    • Conservación de contramuestra suficiente para un eventual contraanálisis

    Límites del conocimiento científico y prudencia en la conclusión

    Para muchas NSP no existen estudios farmacocinéticos en humanos, ni dosis de referencia, ni datos de potencia comparables a las sustancias clásicas. El dictamen doctoralmente correcto declara ese vacío en lugar de suplirlo con analogías: identifica lo que puede afirmarse con certeza, lo que solo puede afirmarse con probabilidad y lo que no puede afirmarse en absoluto con el estado actual de la ciencia.

    • Distinción entre identificación por similitud espectral y confirmación con patrón certificado
    • Grado de confianza declarado conforme a categorías SWGDRUG y criterios ENFSI
    • Extrapolación de potencia desde análogos: uso solo indiciario y expresamente advertido
    • Casuística clínica y toxicidad documentada en literatura revisada por pares

    Tablas de valores de referencia

    Criterios de referencia aplicados en el dictamen

    En NSP no existen, con carácter general, dosis mínimas psicoactivas consolidadas por el INTCF.

    ConceptoValor de referencia
    Dosis mínima psicoactivano consolidada para la mayoría de moléculas
    Umbral de notoria importanciasolo aplicable si existe equivalencia normativa expresa
    Técnica de referenciaLC-HRMS con biblioteca actualizada
    Nivel de confirmación exigiblepatrón certificado o, en su defecto, declaración expresa de la limitación
    Familias más frecuentescatinonas, cannabinoides sintéticos, arilciclohexilaminas, triptaminas

    Umbrales y criterios comparados por sustancia

    Dosis mínima psicoactiva, dosis diaria de referencia y umbral de notoria importancia por sustancia
    SustanciaDosis mínima psicoactivaDosis diaria de referenciaNotoria importanciaExpresión del resultado
    Cannabis (marihuana)10 mg de Δ9-THC20 mg de Δ9-THC10 kg de sustancia (marihuana)Δ9-THC total sobre peso seco; umbral por peso de sustancia, no por principio activo
    Hachís y resina10 mg de Δ9-THC20 mg de Δ9-THC2,5 kg de sustancia (hachís)Δ9-THC total; el aceite de hachís se sitúa en 300 g de sustancia
    Cocaína50 mg de cocaína base1,5 g de cocaína base750 g de sustancia puraRiqueza expresada como cocaína base (no como clorhidrato)
    Heroína0,66 mg de heroína0,6 g de heroína300 g de sustancia puraRiqueza como heroína base; morfina con DMP de 2 mg
    Anfetamina20 mg de anfetamina180 mg de anfetamina90 g de sustancia puraRiqueza como base; el sulfato exige factor de conversión
    Metanfetamina20 mg de metanfetamina60 mg de metanfetamina30 g de sustancia puraRiqueza como base; relevante la determinación de enantiómeros
    MDMA20 mg de MDMA480 mg de MDMA240 g de sustancia puraRiqueza como base; no confundir con el peso del comprimido
    Nuevas sustancias psicoactivasno consolidada para la mayoría de moléculasno consolidadasolo aplicable con equivalencia normativa expresaIdentificación por LC-HRMS y patrón certificado o limitación declarada

    Valores de referencia del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y de los Acuerdos del Pleno no jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Consulte el glosario técnico para la definición de cada magnitud.

    Notas metodológicas

    • El umbral de notoria importancia deriva del Acuerdo del Pleno no jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 19 de octubre de 2001 (500 dosis de consumo diario). En cannabis y hachís el umbral se expresa por peso de sustancia, mientras que en cocaína, heroína, anfetaminas y MDMA se calcula sobre principio activo puro.
    • La dosis mínima psicoactiva procede del informe del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses asumido por el Acuerdo del Pleno de 24 de enero de 2003. Por debajo de ese contenido la sustancia no es apta para producir los efectos que le son propios.
    • Toda cifra de riqueza debe acompañarse de su incertidumbre expandida (k = 2, confianza del 95 %) conforme a UNE-EN ISO/IEC 17025. La regla de decisión frente al umbral se aplica al intervalo, no al valor puntual.
    • En cannabis debe declararse expresamente si la riqueza se refiere a peso húmedo o a peso seco, y si el valor informado es Δ9-THC libre o Δ9-THC total (incluyendo la fracción procedente de THCA por descarboxilación).
    • El factor de descarboxilación del THCA a Δ9-THC es 0,877, derivado de la relación de masas moleculares (314,5 / 358,5). Aplicarlo o no cambia sustancialmente la cifra de principio activo atribuida al alijo.
    • El CBD no está fiscalizado como estupefaciente: su presencia dominante frente a un Δ9-THC residual es un indicador técnico de producto no psicoactivo, y así debe razonarse frente a la calificación automática como marihuana.

    Ejemplo 1 — Δ9-THC total a partir de THCA

    Informe analítico de una muestra vegetal seca con Δ9-THC libre del 0,80 % y THCA del 12,00 %.

    1. 1.Fracción de THCA convertible: 12,00 % × 0,877 = 10,52 %
    2. 2.Δ9-THC total = Δ9-THC libre + fracción convertible = 0,80 % + 10,52 %
    3. 3.Δ9-THC total = 11,32 % sobre peso seco

    Δ9-THC total = 11,32 % (peso seco)

    Ejemplo 2 — Conversión de peso húmedo a peso seco

    Sumidad intervenida con 4.000 g de peso húmedo y una humedad determinada del 72 %.

    1. 1.Peso seco = peso húmedo × (1 − humedad/100) = 4.000 g × (1 − 0,72)
    2. 2.Peso seco = 1.120 g de material apto para el análisis
    3. 3.Riqueza sobre peso seco del 11,32 % de Δ9-THC total: 1.120 g × 0,1132 = 126,8 g de Δ9-THC
    4. 4.Si esa misma riqueza se aplicara erróneamente al peso húmedo: 4.000 g × 0,1132 = 452,8 g

    Diferencia de 326 g de Δ9-THC entre el cálculo correcto y el cálculo sobre peso húmedo

    Ejemplo 3 — Relación CBD/Δ9-THC en producto de cáñamo

    Muestra de flor comercializada como cáñamo industrial: Δ9-THC total 0,25 % y CBD 9,60 %.

    1. 1.Relación CBD/Δ9-THC = 9,60 / 0,25 = 38,4
    2. 2.Δ9-THC total (0,25 %) por debajo del 0,3 % de referencia para cáñamo
    3. 3.Contenido de Δ9-THC por gramo = 1.000 mg × 0,0025 = 2,5 mg, inferior a la DMP de 10 mg

    Perfil compatible con producto no psicoactivo de CBD dominante; procede razonar la ausencia de aptitud psicoactiva

    Ejemplo 4 — Contraste con el umbral de notoria importancia (cocaína)

    Alijo de 1.200 g con riqueza del 61 % ± 3 % expresada como cocaína base.

    1. 1.Sustancia pura = 1.200 g × 0,61 = 732 g
    2. 2.Intervalo por incertidumbre: 1.200 g × 0,58 = 696 g; 1.200 g × 0,64 = 768 g
    3. 3.Umbral de notoria importancia: 750 g de sustancia pura

    El valor puntual (732 g) queda por debajo del umbral y el intervalo lo cruza: no puede afirmarse con certeza la superación del umbral

    Glosario técnico

    Δ9-THC (delta-9-tetrahidrocannabinol)
    Principal cannabinoide psicoactivo de la planta de cannabis. Es la magnitud sobre la que se valora la aptitud psicoactiva del producto y la que debe compararse con la dosis mínima psicoactiva de 10 mg.
    THCA (ácido tetrahidrocannabinólico)
    Forma ácida y no psicoactiva presente en la planta fresca. Por acción del calor o del tiempo se descarboxila y se transforma en Δ9-THC aplicando el factor 0,877.
    Δ9-THC total
    Suma del Δ9-THC libre y de la fracción de THCA convertible: Δ9-THC total = Δ9-THC + (THCA × 0,877). Es el parámetro utilizado en la normativa europea de cáñamo y el que debe declararse en el dictamen.
    CBD (cannabidiol)
    Cannabinoide no psicoactivo y no fiscalizado como estupefaciente. Su predominio frente a un Δ9-THC residual es un indicador técnico de producto no estupefaciente.
    CBN (cannabinol)
    Producto de degradación oxidativa del Δ9-THC. Una proporción elevada de CBN indica material envejecido o mal conservado y permite discutir la representatividad temporal del análisis.
    Peso húmedo
    Masa de la muestra tal y como se intervino, incluida el agua. El agua no aporta principio activo, por lo que aplicar a este peso una riqueza determinada sobre muestra seca sobreestima el Δ9-THC del alijo.
    Peso seco
    Masa de la muestra tras la eliminación del agua: peso seco = peso húmedo × (1 − humedad/100). Es la base habitual para expresar la riqueza en cannabinoides.
    Merma de secado
    Pérdida de masa entre la planta fresca y el producto listo para consumo. En plantas de cannabis se documentan mermas del orden del 80 %, por lo que proyectar el peso en verde como producto final distorsiona el cálculo.
    Riqueza
    Porcentaje de principio activo de la muestra. Debe indicarse la forma en que se expresa (base o sal) y la matriz de referencia (peso húmedo o seco).
    Dosis mínima psicoactiva (DMP)
    Cantidad de principio activo por debajo de la cual la sustancia no es apta para producir efectos. Se toma del informe del INTCF asumido por el Acuerdo del Pleno no jurisdiccional de 24 de enero de 2003.
    Notoria importancia
    Agravación que se cuantifica en 500 dosis de consumo diario según el Acuerdo del Pleno no jurisdiccional de 19 de octubre de 2001, calculada sobre sustancia pura salvo en cannabis y hachís, donde se expresa por peso de sustancia.
    Incertidumbre expandida
    Intervalo asociado al resultado analítico (habitualmente k = 2, confianza del 95 %). La comparación con un umbral debe hacerse con el intervalo completo y no con el valor puntual.

    Enlaces relacionados: tabla comparativa de umbrales · calculadora de cannabinoides · preguntas frecuentes

    Errores frecuentes en el informe oficial

    • Identificar por similitud espectral sin patrón de confirmación ni advertencia
    • No verificar la fiscalización vigente en la fecha de los hechos
    • Confundir isómeros de una misma familia con distinto tratamiento normativo
    • Aplicar dosis de referencia de sustancias clásicas a NSP
    • Cuantificar material vegetal impregnado sin homogeneización previa

    Documentación necesaria

    • Informe analítico completo, incluidos espectros de alta resolución
    • Referencia de la biblioteca espectral y versión utilizada
    • Acta de intervención con descripción del soporte y del envase
    • Cadena de custodia documentada

    Bibliografía y fuentes citadas

    1. [1]Convenio Único sobre Estupefacientes de 1961 y Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971, con sus listas actualizadas.
    2. [2]Decisiones de ejecución de la Unión Europea sobre sometimiento a medidas de control de nuevas sustancias psicoactivas.
    3. [3]EMCDDA / EUDA. European Early Warning System on new psychoactive substances.
    4. [4]UNODC. Early Warning Advisory on New Psychoactive Substances.
    5. [5]SWGDRUG. Recommendations: categorías de técnicas analíticas y niveles de confirmación.

    Preguntas frecuentes

    ¿Puede condenarse por una sustancia no incluida en las listas?

    La cuestión es jurídica, pero el dictamen aporta el dato técnico decisivo: qué molécula concreta se ha identificado y si figuraba fiscalizada en la fecha de los hechos, con la referencia normativa correspondiente.

    ¿Es fiable una identificación sin patrón certificado?

    Puede ser sólida si se apoya en masa exacta, fragmentación y biblioteca actualizada, pero debe declararse el grado de confianza y la imposibilidad de descartar isómeros cuando así sea.

    ¿Puede aplicarse un umbral de notoria importancia a una NSP?

    Solo si existe una equivalencia normativa expresa. En su defecto, el dictamen debe declarar la ausencia de umbral consolidado en lugar de extrapolar el de otra sustancia.

    ¿Es suficiente una identificación por biblioteca espectral?

    Para una identificación concluyente se exige patrón certificado. Cuando no se dispone de él, la limitación debe declararse expresamente en el informe.

    ¿Cómo se calcula el Δ9-THC total a partir del THCA del informe oficial?

    Multiplicando el porcentaje de THCA por el factor de descarboxilación 0,877 y sumando el Δ9-THC libre. Con 0,80 % de Δ9-THC y 12,00 % de THCA, el Δ9-THC total es 11,32 % sobre peso seco.

    ¿Qué diferencia hay entre expresar la riqueza como base o como sal?

    La sal incorpora el peso del ácido asociado (clorhidrato, sulfato), por lo que un mismo peso contiene menos principio activo. El contraste con el umbral de notoria importancia se realiza siempre sobre la forma base, y el dictamen debe indicar el factor de conversión aplicado.

    ¿Por qué es relevante la incertidumbre del resultado analítico?

    Porque el resultado es un intervalo, no un número exacto. Cuando el intervalo cruza el umbral de notoria importancia no puede afirmarse con certeza técnica que el umbral se haya superado, y así debe razonarse en el informe.

    ¿Puede revisarse un informe oficial ya emitido?

    Sí. La contrapericia revisa la trazabilidad de la cadena de custodia, la representatividad del muestreo, la validación del método, la expresión de la riqueza y la aritmética del cálculo, sin necesidad de repetir el análisis cuando los datos brutos constan en autos.

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    Solicitar dictamen sobre nuevas sustancias psicoactivas (nsp)

    Envíe el informe analítico oficial y las actuaciones para una valoración inicial de viabilidad pericial, sin compromiso.

    Ruth Pérez Sánchez — Perito judicial en toxicología forense y estupefacientes

    ASPEJURE — Asociación Profesional Colegial de Peritos Judiciales · Asociada nº 00400

    627 070 245ruthps@peritojudicial.pro

    Actuación en todo el territorio español, con ratificación en sala o por videoconferencia. (despacho sin dirección postal pública).

    Miniatura de Los primeros usos del cannabis